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Ley de Relación Pública de Servicio



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Secretarías y Estructura

Secretaría de Organización

Glenda Muñoz Guevara

ARTÍCULO 73: Son funciones de la Secretaría de Organización:

a.- Dirigir la Secretaría de Organización.

b.- Ser responsable de la buena marcha de la estructura del Sindicato, su desarrollo y expansión.

c.- Ejecutar las políticas de carácter organizativo establecidas por el Consejo Nacional de Representantes.

d.- Coordinar con el Directorio Ejecutivo Nacional el funcionamiento horizontal y vertical del Sindicato y la determinación de las áreas de expansión.

e.- Canalizar el asesoramiento permanente a las Regionales y Zonales.

f.- Programar y velar por el buen desarrollo de las actividades del Sindicato.

g.- Promover los ajustes necesarios para el buen funcionamiento de las Regionales y Zonales.

h.- Organizar las actividades de las Asambleas y velar por el mejor desenvolvimiento de las mismas.

i.- Redactar y firmar la correspondencia de su Secretaría.

j.- Elaborar y ejecutar un cronograma anual de las actividades por realizar, aprobado por el Consejo Nacional de Representantes.

k.- Realizar periódicamente visitas a centros educativos, públicos y privados, de todos los niveles y modalidades, acorde con los lineamientos del Directorio Ejecutivo Nacional.

 
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Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense
De la Iglesia de Lourdes 200m este, Montes de Oca, San José de Costa Rica | Tel. (506) 2283-5360 | Fax (506) 2283-7079
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